{"id":230,"date":"2014-07-15T15:13:41","date_gmt":"2014-07-15T20:13:41","guid":{"rendered":"http:\/\/pablogomez.org\/wordpress1\/?p=230"},"modified":"2014-07-15T15:13:41","modified_gmt":"2014-07-15T20:13:41","slug":"reforma-politica-del-congreso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/0001xkp.rcomhost.com\/sitio\/2014\/07\/15\/reforma-politica-del-congreso\/","title":{"rendered":"Reforma pol\u00edtica del Congreso"},"content":{"rendered":"<p><strong>Nota presentada en el Coloquio Modernizaci\u00f3n del Congreso. Palacio Legislativo de San L\u00e1zaro, 15 de julio de 20014<\/strong><\/p>\n<p>El Congreso mexicano est\u00e1 abierto s\u00f3lo seis meses y medio al a\u00f1o, carece de un sistema efectivo de investigaci\u00f3n, es incapaz de citar a cualquier persona bajo protesta de decir verdad, sus funciones jurisdiccionales se encuentran pr\u00e1cticamente anuladas, no discute con los secretarios de Estado y los directores del sector paraestatal los informes de \u00e9stos, no cuenta con sesiones de control sobre el gobierno, no analiza el desempe\u00f1o del gasto p\u00fablico, no aprueba una pol\u00edtica de gasto (C\u00e1mara de Diputados) sino s\u00f3lo asignaciones clientelares, no toma parte en absoluto en la definici\u00f3n de la pol\u00edtica arancelaria, no incide en la pol\u00edtica exterior (Senado) sino s\u00f3lo la comenta, entre otras limitaciones estructurales que corresponden a un parlamento relativamente d\u00e9bil.<\/p>\n<p>En M\u00e9xico, el sistema presidencialista tradicional fue mucho m\u00e1s fuerte que el actual pero eso no quiere decir que el Congreso haya evolucionado al ritmo de los mandatos de las urnas. Ya no existe un partido con mayor\u00eda absoluta pero el gobierno empieza a comportarse muy recientemente como si lo fuera. El motivo de la presente nota es describir la debilidad estructural del Congreso, pues la cuesti\u00f3n pol\u00edtica cambia seg\u00fan la composici\u00f3n del mismo.<\/p>\n<p>As\u00ed, debemos empezar por las largas vacaciones parlamentarias de cinco meses y medio al a\u00f1o, lo cual es ya raro en el mundo. No es verdad \u2013como se afirma&#8211; que los periodos de receso se utilicen para que las comisiones preparen dict\u00e1menes, pues siempre que se inician las sesiones ordinarias no hay proyectos listos para su discusi\u00f3n. La Constituci\u00f3n de Quer\u00e9taro limitaba las sesiones ordinarias a cuatro meses al a\u00f1o bajo el argumento de que en las c\u00e1maras se anidaban las m\u00e1s bajas pasiones; despu\u00e9s de m\u00e1s de 90 a\u00f1os, ese periodo ha aumentado tan s\u00f3lo en 45 d\u00edas, a pesar de los muchos intentos frustrados para lograr que el Congreso permanezca abierto al menos 10 meses. Hace unos 40 a\u00f1os las c\u00e1maras sesionaban todos los d\u00edas excepto los domingos, ahora solamente dos d\u00edas a la semana. Si hacemos las cuentas en lo que se refiere a plenarias, actualmente las c\u00e1maras del Congreso sesionan menos que entonces, quiz\u00e1 no en horas pero, de seguro, en d\u00edas. La m\u00e1s reciente reforma constitucional en esta materia aport\u00f3 un mes m\u00e1s de sesiones \u2013el mes de agosto\u2014 pero s\u00f3lo cuando el presidente de la Rep\u00fablica asuma el cargo el 1\u00ba. de octubre, lo cual ocurrir\u00e1 hasta 2024 y, despu\u00e9s, en 2030 y as\u00ed sucesivamente, lo cual es por lo menos rid\u00edculo.<\/p>\n<p>En 1978 fue reformada la Constituci\u00f3n para realizar una reforma pol\u00edtica con una apertura a m\u00e1s partidos a los cuales se les otorg\u00f3 lapsos efectivos para sus mensajes de radio y televisi\u00f3n de 15 minutos mensuales en todos los canales y estaciones en horarios estelares, sobre lo cual se ha producido una involuci\u00f3n lamentable. Dentro de esta reforma se le otorg\u00f3 a la minor\u00eda del 25 por ciento de los diputados la capacidad de lograr la integraci\u00f3n de comisiones investigadoras de los organismos descentralizados y empresas paraestatales, cuyas conclusiones deber\u00edan solamente hacerse del conocimiento del presidente de la Rep\u00fablica. En cuanto al Senado, esta prerrogativa tiene como requisito la firma de la mitad de los senadores. Sin embargo, no existe en la ley ninguna facultad de investigaci\u00f3n de estas comisiones como no sea solicitar informaciones, lo cual se puede hacer sin integrar precisamente una comisi\u00f3n investigadora. Las propuestas al respecto han sido que tales comisiones se puedan formar para cualquier tema de car\u00e1cter pol\u00edtico, es decir, de inter\u00e9s p\u00fablico, tengan las capacidades conferidas al Ministerio P\u00fablico para llevar a cabo investigaciones y, adem\u00e1s, dispongan de un mecanismo de sigilo para aquellas cuestiones que deban mantenerse reservadas de acuerdo con la ley.<\/p>\n<p>Las c\u00e1maras del Congreso mexicano ya exigen por mandato constitucional que los servidores p\u00fablicos que comparezcan en pleno o comisiones lo hagan bajo protesta de decir verdad, lo cual no ha tenido la m\u00e1s m\u00ednima consecuencia a pesar de las mentiras vertidas, pero es un principio de veracidad de testimonios. Sin embargo, el Congreso carece de capacidad de hacer comparecer a cualquier persona tambi\u00e9n bajo protesta de decir verdad y ni siquiera lo pueden llevar a cabo sus comisiones investigadoras, todo lo cual es, en general, un s\u00edntoma de atraso pol\u00edtico de M\u00e9xico y, en concreto, de la capacidad de control pol\u00edtico del poder Legislativo mexicano.<\/p>\n<p>La responsabilidad pol\u00edtica de los altos funcionarios del Estado \u2013excepto el presidente de la Rep\u00fablica quien es inimputable en esta materia&#8211; se debe procesar, seg\u00fan la Constituci\u00f3n, mediante el juicio pol\u00edtico, pero no se ha abierto ninguno. La C\u00e1mara de Diputados ha funcionado algunas pocas veces como jurado de procedencia para casos de acusaciones penales de personas aforadas, pero nunca ha iniciado un juicio de responsabilidad pol\u00edtica a pesar de que \u00e9sta se conserva hasta un a\u00f1o despu\u00e9s de haber dejado el cargo. Esta capacidad jurisdiccional del Congreso ha quedado como letra muerta, en parte porque las reglas para incoar el procedimiento son de muy dif\u00edcil aplicaci\u00f3n. Esto ha sido premeditado pues las leyes proceden de la \u00e9poca del PRI como partido mayoritario en ambas c\u00e1maras. Adem\u00e1s, el proyecto aprobado por el Senado sobre inmunidad constitucional en materia de responsabilidad penal ha sido devuelto por parte de la C\u00e1mara de Diputados con el prop\u00f3sito de excluir del alcance de la reforma al presidente de la Rep\u00fablica y modificar algunos otros aspectos, con lo cual el viejo aforamiento de altos servidores p\u00fablicos (legisladores incluidos) se mantiene en los t\u00e9rminos del siglo XIX en pleno siglo XXI. Desde siempre, los secretarios de Estado han estado obligados a informar cada a\u00f1o al Congreso. Esta obligaci\u00f3n implica una facultad de las c\u00e1maras para discutir con los secretarios los asuntos de su respectivo ramo. Sin embargo, lo que llega a discutirse ritualmente es el llamado informe presidencial. As\u00ed, los informes de los secretarios, como instrumento de control pol\u00edtico, sencillamente no existen. Adem\u00e1s, las relativamente recientes reformas tendientes a mejorar el control pol\u00edtico se han mediatizado. Como ejemplo podemos ver que la facultad de las c\u00e1maras para requerir informaci\u00f3n o documentaci\u00f3n a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, se ha circunscrito a los informes presidenciales a pesar de que no fue instituida s\u00f3lo para eso. Adem\u00e1s de lo anterior, se ha negado sistem\u00e1ticamente la reforma tendiente a realizar un debate congresual entre la oposici\u00f3n y el presidente de la Rep\u00fablica a partir de la presentaci\u00f3n del informe de este \u00faltimo.<\/p>\n<p>La C\u00e1mara de Diputados tiene entre sus funciones la de evaluar el desempe\u00f1o del gasto p\u00fablico. No se trata de la fiscalizaci\u00f3n contable y funcional sino del aspecto propiamente pol\u00edtico. Por ello, la Ley Org\u00e1nica prescribe que las comisiones de la C\u00e1mara de Diputados deben analizar la cuenta p\u00fablica en el ramo respectivo y hacer llegar a la comisi\u00f3n de presupuesto las conclusiones sobre dicha evaluaci\u00f3n. Se entiende que esta \u00faltima debe aplicar el conocimiento sobre cada ramo administrativo a fin de modificar los proyectos del Ejecutivo y ponerlos en consonancia con la realidad percibida por los diputados en las comisiones. A esto se le podr\u00eda llamar control pol\u00edtico trascendente del gasto p\u00fablico, lo cual est\u00e1 en ley pero no en la realidad. Esta es una parte del atraso mexicano en el an\u00e1lisis de la cuenta y del procesamiento del proyecto de presupuesto anual. En este mismo sentido, podr\u00eda decirse que el m\u00e9todo de ajuste presupuestal anual en la C\u00e1mara se ha agotado. \u00c9ste consiste en elaborar pliegos de modificaciones sectoriales, regionales y hasta gremiales para a\u00f1adir gastos en ciertos programas \u2013muy pocas veces para crear nuevos\u2014con el prop\u00f3sito de atender exigencias clientelares. Los recursos asignados provienen de los ajustes introducidos en la ley de ingresos respecto de la iniciativa del Ejecutivo. No hay, por tanto, discusi\u00f3n sobre la pol\u00edtica de gasto p\u00fablico, no hay prioridades, no hay, en s\u00edntesis, pol\u00edtica en general sino s\u00f3lo requerimientos concretos. Asimismo, el \u00fanico intento de revertir en la Ley de Ingresos la autorizaci\u00f3n anual al Ejecutivo para modificar discrecionalmente los aranceles, emprendido por el Senado, fue rechazado por la C\u00e1mara y, en conclusi\u00f3n, qued\u00f3 igual que siempre.<\/p>\n<p>La facultad del Senado de <em>discutir<\/em> la pol\u00edtica exterior se toma al pie de la letra, es decir, s\u00f3lo debatir aspectos, pero jam\u00e1s incidir en las orientaciones. No se trata de una imprecisi\u00f3n del texto constitucional pues cuando se dice que es facultad de un \u00f3rgano legislativo <em>discutir<\/em> algo es porque le corresponde tomar alguna decisi\u00f3n aunque no sea vinculante. As\u00ed se habla en la Constituci\u00f3n de la <em>discusi\u00f3n<\/em> de los proyectos, es decir, del acto previo e indispensable de la toma de una resoluci\u00f3n a trav\u00e9s del voto emitido por los integrantes. La pol\u00edtica exterior de un pa\u00eds no se define s\u00f3lo a trav\u00e9s de la aprobaci\u00f3n de los tratados y la ratificaci\u00f3n de los embajadores, lo que realiza el Senado, sino de las orientaciones generales de conformidad con los principios normativos se\u00f1alados directamente por la Constituci\u00f3n, lo cual no hacen en absoluto los senadores.<\/p>\n<p>A manera de conclusi\u00f3n podr\u00eda decirse que el Congreso mexicano requiere una reforma pol\u00edtica para dotarlo de los mecanismos estructurales que le permitan realizar las funciones de control pol\u00edtico inherentes a todo \u00f3rgano legislativo.<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">PGA\/14\/07\/2014.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Nota presentada en el Coloquio Modernizaci\u00f3n del Congreso. 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