{"id":196,"date":"2009-12-23T13:35:10","date_gmt":"2009-12-23T19:35:10","guid":{"rendered":"http:\/\/pablogomez.org\/wordpress1\/?p=196"},"modified":"2009-12-23T13:35:10","modified_gmt":"2009-12-23T19:35:10","slug":"discriminacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/0001xkp.rcomhost.com\/sitio\/2009\/12\/23\/discriminacion\/","title":{"rendered":"Discriminaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>La Constituci\u00f3n proh\u00edbe toda discriminaci\u00f3n motivada por las preferencias. Esto abarca a las preferencias sexuales y sus consecuencias civiles. Pero dice Norberto Rivera Carrera que no puede estar ninguna ley humana por encima de un orden instituido por Dios desde la creaci\u00f3n del mundo, es decir, el matrimonio s\u00f3lo entre personas de sexos diferentes.<\/p>\n<p>Al margen de que todos sabemos, incluido el clero, que el matrimonio no surgi\u00f3 con la humanidad, sino aqu\u00e9l de \u00e9sta, el gran problema que seguimos teniendo es que muchos obispos no admiten la existencia del Estado laico, no admiten que las leyes se dicten con independencia de las creencias religiosas y mucho menos aceptan la democracia pol\u00edtica.<\/p>\n<p>Es obligaci\u00f3n de las autoridades garantizar el derecho de cualquier persona y asociaci\u00f3n para profesar su religi\u00f3n, pero es tambi\u00e9n obligaci\u00f3n de todo mexicano admitir el predominio de la Constituci\u00f3n aunque no se est\u00e9 de acuerdo con ella. Decir que las leyes humanas no pueden contradecir las creencias religiosas es pretender que tales leyes se subordinen al clero y, por tanto, es tratar de imponer otras leyes, las divinas, con lo que se romper\u00eda con la libertad religiosa, ya que se negar\u00eda, as\u00ed, el derecho a no plegarse a los mandamientos eclesiales, el cual forma parte de aquella libertad.<\/p>\n<p>El matrimonio es expresi\u00f3n de la capacidad de las personas para convenir entre ellas. Es, adem\u00e1s, un acto l\u00edcito. Por tanto, el Estado est\u00e1 obligado a atestiguar el pacto matrimonial sin discriminaci\u00f3n alguna y a otorgarle plenos efectos jur\u00eddicos.<\/p>\n<p>En realidad, la cuesti\u00f3n no tiene que ver con las ideas de los obispos sino con la actitud de muchos de ellos de querer imponer sus dictados a los dem\u00e1s. La iglesia no est\u00e1 obligada a reconocer el derecho de dos personas del mismo sexo a unirse bajo el estado civil, como tampoco admite otros derechos, tales como el divorcio, el aborto, la procreaci\u00f3n fuera del matrimonio, el profesar cualquier otra religi\u00f3n o no profesar ninguna y hasta el uso del cond\u00f3n. El atraso del clero en materia de reconocimiento de derechos y de no discriminaci\u00f3n es cosa suya y nunca del Estado. Pero, al mismo tiempo, las leyes humanas suelen hacerse sin el consentimiento del arzobispo, de lo cual ya era hora que \u00e9ste se diera cuenta.<\/p>\n<p>Ahora bien, este problema tiene que ver con la democracia. El principio de la mayor\u00eda no tiene v\u00ednculo alguno con el alto clero cat\u00f3lico. \u00c9ste es mon\u00e1rquico. Para los obispos, la mayor\u00eda no dicta la norma sino s\u00f3lo ellos, especialmente el sumo pont\u00edfice, es decir, el monarca. De aqu\u00ed el desprecio del Episcopado a las decisiones mayoritarias. La falta de compromiso de la Iglesia Cat\u00f3lica \u2013el alto clero&#8211; con la democracia es la fuente de constantes diferendos, no s\u00f3lo con la sociedad pol\u00edtica sino tambi\u00e9n con la sociedad civil e, incluso, dentro de la iglesia misma.<\/p>\n<p>Luego, el arzobispo pide una declaraci\u00f3n de inconstitucionalidad de las recientes reformas al C\u00f3digo Civil de la Ciudad de M\u00e9xico, pero no repara en el car\u00e1cter anticonstitucional de su propia pretensi\u00f3n al querer subordinar al Estado desde la iglesia. No existe un pacto entre los obispos y el Estado, pues el respeto que \u00e9ste les otorga no tiene una contraparte del lado del alto clero. Vivimos, as\u00ed, una relaci\u00f3n malsana. De un lado, el pragmatismo del Episcopado le lleva a querer que la Constituci\u00f3n se interprete a su gusto. Del otro, est\u00e1 vigente el compromiso constitucional de la libertad religiosa.<\/p>\n<p>En este debate, hay que hacer abstracci\u00f3n del art\u00edculo 130 de la Carta Magna en lo que toca a la prohibici\u00f3n a los sacerdotes de oponerse a las leyes del pa\u00eds o a sus instituciones en reuni\u00f3n y en actos de culto o de propaganda religiosa. Este precepto es un abuso pues los ministros de culto deber\u00edan tener las mismas libertades que los dem\u00e1s ciudadanos. Si el arzobispo amenaza con la ex comuni\u00f3n, que no se le amenace a \u00e9l con una multa, la cual ser\u00eda m\u00e1s onerosa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Constituci\u00f3n proh\u00edbe toda discriminaci\u00f3n motivada por las preferencias. Esto abarca a las preferencias sexuales y sus consecuencias civiles. 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