{"id":1478,"date":"2021-06-17T21:21:15","date_gmt":"2021-06-18T02:21:15","guid":{"rendered":"http:\/\/pablogomez.org\/wordpress1\/?p=1478"},"modified":"2021-06-17T21:21:15","modified_gmt":"2021-06-18T02:21:15","slug":"que-se-vote-la-luz","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/0001xkp.rcomhost.com\/sitio\/2021\/06\/17\/que-se-vote-la-luz\/","title":{"rendered":"Que se vote la luz"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>En estos d\u00edas, Espa\u00f1a vive una crisis tarifaria de electricidad. Son casi las tarifas m\u00e1s elevadas que se hayan tenido. Eso ocurre tambi\u00e9n en otros pa\u00edses europeos. Pues bien, como se sabe, en el pa\u00eds ib\u00e9rico la tarifa var\u00eda seg\u00fan la hora del d\u00eda (hay tres periodos) y se fija diariamente. Los usuarios nunca saben por cu\u00e1nto llegar\u00e1 el recibo, pero no por las variaciones en su propio consumo, sino por las tarifas bailarinas que azotan a la sociedad espa\u00f1ola. Adem\u00e1s, la derecha estableci\u00f3 fuertes cargas impositivas y la izquierda ya no sabe como salir de ese enredo.<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El\nsistema mexicano no es como aquel porque hay una empresa del Estado que tiene\nel monopolio de la transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n de electricidad, lo cual protege\na los consumidores, pero tambi\u00e9n existen, como en Espa\u00f1a, tarifas mayoristas bailadoras.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al\nmismo tiempo que transmite y distribuye electricidad, nuestra empresa p\u00fablica\nes la mayor productora, incluyendo energ\u00eda llamada limpia. Hasta aqu\u00ed, todo\nbien. Los problemas empiezan con el trato preferente que el Estado brinda a los\nproductores privados. Como se sabe, las reformas neoliberales de energ\u00eda se hicieron\ncomo un robo a la naci\u00f3n, pero no s\u00f3lo en materia de hidrocarburos, sino\ntambi\u00e9n en electricidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En\ns\u00edntesis, el Estado entrega subsidios virtuales a productores privados mediante\nreglas expedidas por los neoliberales cuando ellos gobernaban.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para\nabandonar esa pol\u00edtica de subsidios, el Congreso aprob\u00f3, por iniciativa del\nEjecutivo, modificaciones de ley. Hay, sin embargo, un par de jueces que las\nhan derogado, en los hechos y por lo pronto, mediante la figura de suspensi\u00f3n\ndefinitiva dentro de juicios de amparo, lo cual, por cierto, tambi\u00e9n deber\u00eda\nllevar a m\u00e1s claras reformas legales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En\nrealidad, al aplicar ciertos principios sobre la competencia econ\u00f3mica\nestablecidos en la Constituci\u00f3n, los jueces han podido hasta ahora violar la\nmisma Carta Magna en su art\u00edculo 27, el cual no s\u00f3lo determina que corresponde\na la naci\u00f3n el servicio p\u00fablico de transmisi\u00f3n y distribuci\u00f3n, sino el control\ndel sistema el\u00e9ctrico nacional y que ser\u00e1n las leyes las que fijen los t\u00e9rminos\nen los que el Estado pueda celebrar contratos con particulares, mismas leyes\nque, adem\u00e1s, determinar\u00e1n la forma en que los particulares puedan participar en\nlas dem\u00e1s actividades de la industria el\u00e9ctrica. Se est\u00e1 hablando, por tanto,\nde facultades constitucionales del Congreso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las\nrecientes reformas legales en materia el\u00e9ctrica se hicieron para eliminar los\nsubsidios que se hab\u00edan introducido por los neoliberales en la ley. Luego\nentonces, han de tener la misma validez que alguna vez tuvieron aquellos\npreceptos aprobados por el PRIAN. La cuesti\u00f3n es que los jueces militan contra\nla 4T y son quienes dicen el derecho, con o sin raz\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello,\nAndr\u00e9s Manuel L\u00f3pez Obrador est\u00e1 planteando una modificaci\u00f3n constitucional\npara saldar el problema, de tal manera que no pueda erigirse la competencia\necon\u00f3mica en obst\u00e1culo a para que el Congreso, a trav\u00e9s de la ley, ejerza a\nplenitud las capacidades legislativas que le confiere actualmente el art\u00edculo\n27 de la misma Carta Magna.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, no se observa una actitud de apertura mental en las oposiciones y menos despu\u00e9s de las elecciones en las que fracas\u00f3 su pacto de sangre. Ellos defienden los intereses de las empresas privadas de electricidad y est\u00e1n de acuerdo con el Consejo Coordinador Empresarial y  la Canacintra (es dif\u00edcil entender la posici\u00f3n de esta c\u00e1mara industrial), con el objeto de mantener los subsidios virtuales del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El\nmecanismo para aprobar la nueva reforma de la industria el\u00e9ctrica, garantizar\nla estabilidad de tarifas e impulsar el crecimiento de todo el sector, ser\u00eda convocar\na una consulta popular en t\u00e9rminos del art\u00edculo 35-VIII de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La\ninstituci\u00f3n de la consulta popular est\u00e1 hecha para resolver una divergencia en\nun asunto de alta trascendencia e inter\u00e9s nacionales. Usar este m\u00e9todo ser\u00eda lo\nm\u00e1s conveniente ante la resistencia a dejar atr\u00e1s mecanismos incubados en el\nseno del Estado corrupto que azot\u00f3 al pa\u00eds y de la pol\u00edtica neoliberal que\narruin\u00f3 al Estado y empobreci\u00f3 a los trabajadores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La\nconsulta popular puede realizarse una vez por a\u00f1o y es factible hacer varias en\nun mismo d\u00eda, con tal de que sean de temas diferentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las\nlimitaciones de la consulta s\u00f3lo son los temas relacionados con restricci\u00f3n\nde derechos humanos; la Rep\u00fablica representativa,\ndemocr\u00e1tica, laica y popular; federalismo; materia electoral; ingresos y\ngastos; revocaci\u00f3n de mandato, que es otro procedimiento;\nsistema financiero; ingresos, gastos y presupuesto; obras de infraestructura en\nejecuci\u00f3n; seguridad nacional; y organizaci\u00f3n, funcionamiento y disciplina de\nla Fuerza Armada permanente. As\u00ed que cabe perfectamente el tema de la industria\nel\u00e9ctrica y las bases para hacer respetar el \u201ccontrol del sistema el\u00e9ctrico\u201d de\nparte de la naci\u00f3n, con todo lo que esto implica, seg\u00fan dice ya el texto de la\nConstituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si fuera\nnecesario modificar la Carta Magna sobre la competencia econ\u00f3mica, entonces ese\nser\u00eda el tema de la consulta, de tal manera que se dejara absolutamente claro\nque es posible que el Estado se niegue a subsidiar a los productores privados\nde energ\u00eda el\u00e9ctrica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al respecto,\nes preciso subrayar que las regulaciones asim\u00e9tricas de competencia, que se\nimponen a ciertos conglomerados empresariales con motivo de su posici\u00f3n dominante\nde mercado, se refieren a situaciones en las cuales los otros participantes, es\ndecir, competidores, tienen un \u00e1mbito de acci\u00f3n ilimitado, pueden vender o\nprestar servicios a quien sea. En la industria el\u00e9ctrica, existe por\ndisposici\u00f3n constitucional un solo ente que se encarga de la transmisi\u00f3n y la\ndistribuci\u00f3n, de tal manera que, aplicarle a \u00e9ste reglas asim\u00e9tricas,\nnecesariamente lleva a obligarlo a comprar a otro o a realizar el producto de\notro, siempre en detrimento de la empresa p\u00fablica pero s\u00f3lo por ser p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La \u201clibre\nconcurrencia\u201d no ha operado en el mercado el\u00e9ctrico mayorista porque hicieron\nlas normas para que la electricidad de ciertos productores se vendiera primero\ny, tambi\u00e9n, para que el Estado estuviera obligado a comprarle su producci\u00f3n a\notros bajo leoninas condiciones previamente impuestas en contratos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde los a\u00f1os cuarenta del siglo pasado, la nodriza del sector paraestatal tuvo modalidades, una de las cuales fue comprar a ciertas empresas los insumos y vender a otras a precios subsidiados, pero ahora tenemos casi todas las variantes en un solo instrumento, m\u00e1s la obligaci\u00f3n de asumir toda la producci\u00f3n de los supuestos competidores. Ahora, se apoya a empresas privadas otorgando una especie de seguro de beneficio empresarial, al grado de que ciertos productores de energ\u00eda ganan en M\u00e9xico una tasa inalcanzable en cualquier otra parte del mundo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otro\nlado, es falso que el tratado comercial de Am\u00e9rica del Norte impida el\nestablecimiento de regulaciones en materia de energ\u00eda, pues la Constituci\u00f3n, en\nesta materia, qued\u00f3 expresamente a salvo, es decir, lo que dice hoy y lo que llegue\na decir en el futuro.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lo mejor\nser\u00eda convocar a una consulta popular para 2022, luego de la primera que vamos\na tener el primer domingo de agosto del presente a\u00f1o sobre el tema de acciones\ncontra los expresidentes.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En estos d\u00edas, Espa\u00f1a vive una crisis tarifaria de electricidad. Son casi las tarifas m\u00e1s elevadas que se hayan tenido. 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